jueves, 13 de noviembre de 2014

ACCESO A LA JUSTICIA Y DERECHO AL VOTO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

http://www.mpd.gov.ar/uploads/documentos/Manual%20definitivo%20con%20cubierta%20incluida.pdf

La Defensora General de la Nación, Stella Maris Martínez, abrió ayer el “Seminario sobre el acceso a la justicia de las personas con discapacidad psicosocial e intelectual para garantizar el ejercicio del derecho al voto”


Durante la apertura, la Dra. Martínez, junto a representantes de la Delegación de la Unión Europea en Argentina y del Programa EUROsociAL II, presentó el “Manual de buenas prácticas en el acceso a la justicia para garantizar el derecho al voto de las personas con discapacidad intelectual y psicosocial”. En su intervención la Defensora sostuvo que “nos encontramos en una instancia de transformaciones estructurales, en la cual las personas con discapacidad deben dejar de ser consideradas receptores de actos de beneficencia u objeto de las decisiones de otros, para pasar a ser consideradas titulares de derechos, capaces de tomar decisiones y de requerir al Estado el cumplimiento de las obligaciones pertinentes”.

La Defensora recordó los cambios legislativos recientes que impulsan el reconocimiento efectivo de los derechos de las personas con discapacidad. Así, hizo mención a la ratificación de la Convención Internacional sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, la sanción de la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657 y la flamante reforma del Código Civil, que restringe la posibilidad de declarar la incapacidad absoluta de una persona.

Sobre el derecho al voto, la Dra. Martínez sostuvo que “la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad le impone al Estado argentino la obligación de asegurar que las personas con discapacidad puedan participar plena y efectivamente en la vida política y pública en igualdad de condiciones”. Sin embargo, subrayó que tanto el Código Nacional Electoral como las provincias y la CABA mantienen la exclusión del padrón electoral a los “dementes declarados tales en juicio” (artículo 3, inciso “a”) e inhabilita a las personas con discapacidad psicosocial a ejercer el derecho al voto. Asimismo, a las personas que se encuentran privadas de libertad en instituciones psiquiátricas se les impide ejercer sus derechos electorales.


La Defensora indicó que “estas restricciones determinaron que el Comité de ONU recomendara al Estado argentino que revise el código electoral y haga las modificaciones necesarias a los estándares de la Convención”.

Para cerrar, subrayó que “los operadores del sistema de justicia tenemos la capacidad de incidir considerablemente en esta realidad, somos actores claves para promover cambios radicales en el pleno reconocimiento de este derecho”.

Mañana, 12 de noviembre, la Defensora General participará de la presentación del blog “Acceso a la justicia de las personas con discapacidad” (PCD), herramienta de comunicación para la promoción y la realización de sus derechos.

El Seminario incluye la realización de conferencias, paneles y talleres en los que participan experto/as nacionales e internacionales sobre acceso a la justicia y derecho al voto de las PCD.